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Entérese de la Fase Uno

para la reactivación de la economía peruana:

27 actividades liberadas de la cuarentena obligatoria

 

La Fase 1 del plan comienza este mes y comprenderá cuatro sectores claves: minería e industria, construcción, servicios de turismo y restaurantes, y comercio.

 

Tras la paralización de las actividades económicas en el Perú, desde el 16 de marzo, mediante el decreto del estado de emergencia nacional, manifestado en el aislamiento social domiciliario obligatorio a nivel nacional, las empresas locales, a excepción de farmacias, bancos y establecimientos comerciales de productos de primera necesidad, tuvieron que dejar de atender a sus clientes por alrededor de dos meses.

Debido a la paralización total empresarial, ni el cumplimiento absoluto ni relativo de los decretos de urgencia para brindar recudidos subsidios económicos que debieron destinarse priorizando a las millones de familias más vulnerables, la reactivación económica es una necesidad pública postergada.

 

Mediante el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, publicado el domingo 3 de mayo en el diario oficial El Peruano, desde el domingo 10 de mayo, la oficialización de la reanudación gradual de 27 actividades en cuatro sectores económicos, condicionado a la incorporación de protocolos sanitarios necesarios de prevención de más contagios y minimizar el riesgo de un repunte del coronavirus.

 

La estrategia, elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial, consta de cuatro fases, cuya implementación será evaluada permanentemente de conformidad con las recomendaciones de la Autoridad Nacional de Salud. La reanudación de 27 actividades es parte de la Fase 1 del plan.

 

FASE 1 DE LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES

 

De acuerdo con la normativa, la Fase 1 de la Reanudación de Actividades se inicia el mes de mayo y comprenderá los sectores de minería e industria, construcción, servicios de turismo y restaurantes, y comercio.

A continuación, explicamos detalladamente qué incluye cada uno

 

MINERÍA E INDUSTRIA

 

1. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.

2. Insumos para la actividad agropecuaria.

3. Pesca industrial (consumo humano indirecto).

4. Producción temporal: órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer.

5. Industrias de vidrio, forestal (maderable u no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo.

6. Industria metalmecánica.

7. Sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales).

 

CONSTRUCCIÓN

 

8. Proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC).

9. Proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios (ARCC).

10. Los 56 proyectos del Sector Transportes y Comunicaciones.

11. Las 36 obras de saneamiento.

12. Actividades de infraestructura agraria (riego, mantenimiento, rehabilitación de drenes, entre otros).

13. Proyectos inmobiliarios priorizados (fase de excavación, estructuras y acabados, y viviendas en el ámbito rural).

14. Productos agrarios (alquiler/venta de maquinarias).

15. Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), acceso de agua y alcantarillado en comisarías, hospitales y colegios.

16. Industrias y servicios conexos a la construcción.

 

SERVICIOS Y TURISMO

 

17. Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local).

18. Hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales.

19. Servicios vinculados a telecomunicaciones.

20. Servicios complementarios a la agricultura.

21. Servicios prestados a empresas (soporte de TI y servicios profesionales, exportaciones de servicio de conocimiento)

22. Servicios notariales.

23. Servicios de reciclaje.

24. Servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares (bombas, termas, ascensores, gasfitería, electricista, carpintería, entre otros).

25. Servicios de almacenamiento de: abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.

 

COMERCIO

 

26. Comercialización de productos agrarios.

27. Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.

 

CRITERIOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN

 

Los criterios fundamentales para la implementación gradual y progresiva de las cuatro fases de la reactivación económica en el país son 1. Salud pública, 2. Posibilidad del aumento de riesgo de contagio, 3. Dimensión social - actividad económica y 4. Evaluación de la situación por el Poder Ejecutivo.

Los Protocolos Sanitarios Sectoriales, aprobados en un plazo máximo de cinco días calendario, fueron publicados en los portales sectoriales internet de cada Ministerio, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo para el inicio gradual e incremental de actividades, que incluyen

“Criterios de focalización territorial y la obligatoriedad de informar incidencias”, entre ellas, la detección de los casos de COVID-19, así como las coordinaciones con los gobiernos regionales y locales, en el marco de sus respectivas competencias.

Previo al reinicio de actividades, las empresas o personas naturales o jurídicas, observaran los lineamientos para vigilar la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición al nuevo coronavirus, los Protocolos Sectoriales para elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo” y proceder a su registro en el Sistema Integrado para el CCOVID-19 (Sicovid-19) del Ministerio de Salud (Minsa).

Asimismo, cada sector tendrá acceso al Sicovid-19 para verificar las entidades que se inscriben y poder denunciar irregularidades a la Autoridad de Salud, a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y a los Gobiernos Locales para la fiscalización.

 

SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN

 

La norma también establece que las autoridades sanitarias, los gobiernos locales y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), ejercen competencialmente, la fiscalización y supervisión del cumplimiento de las disposiciones emitidas.

Para las acciones de fiscalización laboral a cargo de la Sunafil, el MEF, deberá asignar los recursos adicionales necesarios para su implementación.

En el caso de servicios públicos e infraestructura pública, el “Plan para la vigilancia, prevención y control de Covid-19 en el trabajo” de las empresas prestadoras, estarán fiscalizados y supervisados por los organismos reguladores de servicios públicos.

 

ACTIVIDADES ECONÓMICAS DEBERÁN ADECUARSE A NORMAS SANITARIAS

 

El Ministerio de la Producción (Produce) indicó que las actividades económicas deberán adecuarse a las normas sanitarias para evitar la propagación del coronavirus. Las operaciones que iniciarán la primera de las cuatro fases de reactivación económica tienen que ver con la producción de materiales de plástico, vidrio, papel, cartón y hielo, necesarios para el abastecimiento de actividades esenciales.

Asimismo, por su importante impacto en la economía y en la recaudación fiscal, se reanudará la pesca industrial, para la producción de harina de pescado, y la gran minería, mas falta aprender de las lecciones desastrosas que nos han dejado la priorización de tal harina en lugar de la destinada al consumo humano directo por el alto incide de desnutrición de nuestra población vulnerable, así como la irresponsable minería a tajo abierto, que tantos conflictos socio-ambientales genera, en lugar de la minería de socavón menos contaminante y sostenible para otras actividades zonificadas. Se permitirá a un grupo selectivo de grandes empresas, la modalidad de entrega a domicilio con personal propio y recojo en local, respecto a los restaurantes y similares, así como el comercio electrónico de productos para el hogar y afines, con la supuesta finalidad gubernamental de mejorar las condiciones de vida y el bienestar familiar, sin que se tome en cuenta que la continuidad en la restricción a reactivarse millones de PYMES locales, es privarnos de la fuente del bienestar masivo de nuestra Nación.

 

El Estado permitirá la reactivación del sector construcción, para concluir obras de infraestructura, transporte, saneamiento y del sector inmobiliario; entre otros, pero en el caso de las inmobiliarias, con la continuidad de la paralización  del sector micro y pequeño empresarial local, a nuestra población, no le será factible, acceder masivamente, a créditos para vivienda y tampoco sustentar a sus familias.

 

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